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CONVENIO COLECTIVO. P.I. A2. GESTIÓN CIVIL AE

Una vez denunciado por cualquiera de las partes firmantes el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado:

Respecto al período de prueba regulado por el IV Convenio colectivo único para el Personal Laboral al servicio de la Administración General del Estado:

Además de al personal laboral de la Administración General del Estado y de sus organismos autónomos, el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado es de aplicación general: