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D.282/2010, CONCESIÓN SUBV ADM JA. P.I. C1

El plazo máximo para adoptar y notificar la resolución de los procedimientos de concesión de las subvenciones directas será:

En los supuestos en los que con carácter previo a la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones regladas se solicite informe a la Dirección General competente en materia de tesorería, ésta emitirá dicho informe:

Según el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, las subvenciones de concesión directa nominativas:

Las subvenciones concedidas se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía:

La solicitud de ampliación de los plazos de ejecución y justificación de una subvención, cuando así lo prevean las bases reguladoras y en los términos que las mismas establezcan, no podrá exceder:

La terminación convencional del procedimiento de concesión de subvenciones:

En las subvenciones regladas iniciadas a solicitud de persona interesada:

Las subvenciones de concesión directa se clasifican en:

Las subvenciones a las Corporaciones Locales se justificarán:

Serán aprobadas, previo informe de la Intervención General de la Junta de Andalucía y del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva y de concurrencia no competitiva, por:

Según establece el artículo 2.1 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, las subvenciones se clasifican en: