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D.40/2017, TESORERÍA JA. (1º). P.I. C1

De acuerdo con el artículo 17 del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, las Cajas Generales son:

Según el Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, la disposición de fondos de las cuentas tesoreras requerirá tres firmas mancomunadas por parte de las áreas de:

Para qué se utiliza la cuenta restringida según el artículo 11 del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria:

Según establece el Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria en su artículo 16.2, la Tesorería General podrá contar con las siguientes clases de cajas:

El Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, dispone que los titulares de las Cuentas prepararán con carácter obligatorio, mensualmente, conciliaciones entre los saldos reflejados en los libros oficiales y los indicados en los extractos de cuentas bancarias:

De acuerdo con el artículo 56 del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, los perceptores de las órdenes de pago quedarán obligados a justificar la inversión de los fondos en el plazo máximo:

La Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Andalucía podrá contar con las siguientes clases de cajas:

El pago por las tesorerías de las obligaciones derivadas de operaciones presupuestarias se efectuará: