Página 1 de 1

D.524/2008, INCOMPATIBILIDADES PERSONAL. P.I. C1

Las competencias sobre la autorización de compatibilidad de los funcionarios para un segundo puesto en el Sector Público, si los dos puestos están incluidos en el ámbito de la Junta de Andalucía, corresponden a:

La autorización, reconocimiento o denegación de la compatibilidad genérica o de la específica, para desempeñar un segundo puesto o actividad pública o privada, corresponderá: