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DECRETO 2/2002. T.L. C2

El nivel mínimo de los puestos de trabajo de los funcionarios de la Junta de Andalucía adscritos al Cuerpo de Auxiliares Administrativos es:

En los concursos de méritos de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, la antigüedad se valorará hasta un máximo de:

Según el artículo 50 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, el destino adjudicado a un funcionario en un concurso de méritos será irrenunciable, salvo que:

El Intervalos de niveles de puestos de trabajo que pueden ser desempeñados por el Grupo C.2 Cuerpo de Auxiliares Administrativos de la Junta de Andalucía, es: