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L.13/2007, VIOLENCIA GÉNERO. P.I. (GESTIÓN FINANCIERA)

En los supuestos en los que se exija la acreditación de la violencia de género para el reconocimiento de los derechos regulados en la Ley 13/2007, de 20 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, esta acreditación se realizará con carácter general aportando:

Para el reconocimiento de algunos derechos regulados en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, y de aquellos que se deriven de su desarrollo reglamentario, su acreditación podrá realizarse: