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L.39. (1º). T.L. A1

De acuerdo con la Ley 39/2915, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados, éstos podrán entender estimadas por silencio administrativo sus solicitudes:

La suspensión o pérdida temporal de eficacia del acto administrativo está recogida en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señalándose que:

Según el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el trámite de audiencia:

El artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que respecto de los recursos de alzada y reposición:

El acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos en el procedimiento administrativo:

Interpuesto cualquier recurso, el órgano competente para su resolución podrá suspender la ejecución del acto impugnado:

Si el procedimiento de revisión de disposiciones y actos nulos se hubiera iniciado de oficio:

En el caso de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior:

En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa se contará:

En los procedimientos iniciados de oficio, el silencio administrativo:

Las resoluciones administrativas de carácter particular:

La caducidad, como forma de finalización del procedimiento administrativo:

Las cuestiones incidentales que se susciten en el procedimiento:

El plazo para interponer las reclamaciones previas a la vía judicial civil será:

Una resolución administrativa sancionadora que ha sido recurrida en alzada:

¿En cuál de los siguientes procedimientos o materias el silencio administrativo es positivo?

El plazo de un año para reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública:

De acuerdo con el artículo 24.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la obligación de dictar resolución expresa a que se refiere el apartado primero del artículo 21 de la misma, se sujetará al siguiente régimen:

A los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

Las Administraciones Públicas podrán revocar:

Conforme lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la comparecencia de las personas ante las oficinas públicas, ya sea presencialmente o por medios electrónicos:

Previamente a la elaboración de los reglamentos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con carácter general se sustanciará una consulta pública:

Los actos que ponen fin a un procedimiento mediante una resolución que contiene la voluntad del órgano administrativo son:

El principio de jerarquía normativa supone: