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L.53/1984, INCOMPATIBILIDADES. P.I. A2

La Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas es la:

Está expresamente exceptuada del régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, la actividad siguiente:

Según el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, quienes accedan por cualquier título a un nuevo puesto del sector público que con arreglo a dicha Ley resulte incompatible con el que vinieran desempeñando y no optara por uno de ellos dentro del plazo de toma de posesión: