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L.6/2006. T.L. A1

¿Quién preside la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras?:

En el procedimiento de elaboración de una disposición de carácter general, ¿qué órgano debe informar, en todo caso, un proyecto de Reglamento?

Son atribuciones del Consejo de Gobierno:

En las designaciones que realice el Presidente o la Presidenta de la Junta de Andalucía de las personas integrantes del Consejo de Gobierno, de acuerdo con el artículo 18.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ¿en qué porcentaje estará representado cada sexo?

La elaboración de los Reglamentos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regula en el artículo 45 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estableciéndose que cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje se someterá a información pública por un plazo:

El Presidente o Presidenta de la Junta de Andalucía podrá delegar, entre las facultades que tiene atribuidas:

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el cese de la persona titular de una Vicepresidencia:

Corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía: