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L.9/2017, CONTRATOS. P.I. A1

Los contratos de seguros y bancarios y de inversiones y los contratos que tengan por objeto la creación e interpretación artística y literaria y los de espectáculos, en cuanto contratos de carácter privado, según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/ UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 se adjudicarán:

En los expedientes de contratación de tramitación de emergencia, esto es, aquellos en que la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidades que afecten a la defensa nacional, se estará al siguiente régimen excepcional:

Según el artículo 166.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/ UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en el procedimiento negociado, el contrato podrá ser adjudicado al empresario justificadamente elegido por la Administración, previa consulta y negociación de los términos del contrato con:

El importe correspondiente a las revisiones de precios en los contratos de obras, se hará efectivo:

Las modificaciones del contrato de obras que produzcan un aumento, reducción o supresión de unidades de obra, o sustitución de una clase de fábrica por otra, siempre que ésta sea de las comprendidas en el contrato:

En los contratos de elaboración de proyectos celebrados por la Administración, el contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución o explotación de las obras se causen tanto a la Administración como a terceros, por defecto o insuficiencias técnicas del proyecto o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que haya incurrido e imputables a aquel, y esta responsabilidad será exigible:

De conformidad con la normativa vigente en materia de contratos de las Administraciones Públicas, se consideran contratos administrativos:

¿Cuál de las siguientes modalidades de contratación no es de suministros recogida en el artículo 16 de la Ley de Contratos del Sector Público?

Conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, tienen la consideración de contratos de obras:

Cuál de las siguientes entidades tiene personalidad jurídica pública y consideración de Administración institucional dependiente de la Administración de la Junta de Andalucía:

La revisión de precios en los contratos de las Administraciones Públicas tendrá lugar, en los términos y con las salvedades establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, hasta un máximo:

¿Cómo se definen los contratos de servicios en la Ley de Contratos del Sector Público?:

¿Qué previsión contiene la Ley de Contratos del Sector Público respecto a la exigencia de clasificación para las Universidades Públicas?

Conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos de arrendamiento con opción de compra de bienes muebles que celebran las Administraciones Públicas, son:

La renuncia por la Administración a la celebración de un contrato para el que haya efectuado la correspondiente convocatoria está prevista en la Ley de Contratos del Sector Público:

A los efectos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, las Fundaciones del sector público:

Son contratos privados celebrados por la Administración:

De conformidad con lo previsto en la Sección 2ª del Capítulo II, del Título Preliminar del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se considerarán contratos sujetos a regulación armonizada:

Según dispone el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, NO podrán ser objeto del recurso especial en materia de contratación:

Según se prevé en el artículo 107.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el contrato de concesión de obras públicas, el importe de la garantía definitiva se calculará aplicando el: