Página 1 de 1

L.9/2017, CONTRATOS. P.I. A2

En relación con el contrato de concesión de obras públicas, el artículo 264 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, regula las penalidades por incumplimiento del concesionario, estableciendo en su apartado 2 que el límite máximo de las penalidades a imponer durante su fase de construcción, no podrá exceder del:

Es causa de resolución del contrato de obras:

Los contratos menores de obra:

La adjudicación de un contrato en favor de una empresa que carezca de capacidad de obrar o de la solvencia exigida, o que se halle incursa en una causa de prohibición para contratar:

Cuando la Administración se hace cargo de la gestión directa del servicio público objeto de la concesión, una vez finalizado el plazo contractual, se denomina:

El plazo de garantía de una obra se establecerá en el pliego de cláusulas administrativas particulares, atendiendo a la naturaleza y complejidad de la obra y, salvo casos excepcionales:

La duración del contrato de concesión de servicios públicos que tenga por objeto la prestación de servicios sanitarios, no podrá exceder del plazo total, incluidas las prórrogas, de:

Según el artículo 166.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el procedimiento negociado, el contrato podrá ser adjudicado al empresario justificadamente elegido por la Administración previa consulta y negociación de los términos del contrato:

Según el artículo 37.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración podrá contratar verbalmente:

Según dispone el artículo 131 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los procedimientos de adjudicación de los contratos son:

El importe correspondiente a las revisiones de precios en los contratos de obras se hará efectivos:

La revisión de precios en los contratos regulados en la ley tendrá lugar cuando el contrato se hubiese ejecutado:

El artículo 243 de la Ley de Contratos del Sector Púbico dispone un plazo de garantía para el contrato de obra que, salvo casos especiales tendrá una duración de: