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L.9/2017, CONTRATOS. T.L. C1

La duración de un contrato de concesión de servicios que comprenda la explotación de un servicio no relacionado con la prestación de servicios sanitarios, no podrá exceder, incluidas las prórrogas de:

En el contrato de concesión de servicios, la subcontratación:

En los contratos que tengan por objeto la prestación de actividades docentes en centros del sector público desarrolladas en forma de cursos de formación o perfeccionamiento del personal al servicio de la Administración y siempre que dichas actividades sean realizadas por personas físicas:

Cuando finalice el plazo contractual en un contrato de concesión de servicios:

Según lo establecido en el artículo 82 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para la conservación de la clasificación de las Empresas, deberá justificarse:

Si la Administración necesita arrendar temporalmente un bien mueble, sin opción de compra, deberá tramitarse un contrato:

Podrá tener la consideración de responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias:

Para la cesión de los contratos es necesaria:

Con la finalidad de clasificar a las empresas, el artículo 79 de la Ley de Contratos del Sector Público divide a los contratos:

La duración de un Acuerdo Marco en materia de contratación del sector público no podrá exceder, salvo en casos justificados, de:

La certificación final de las obras ejecutadas deberá ser aprobada por el órgano de contratación en el plazo de:

El artículo 243 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público dispone un plazo de garantía para los contratos de obras que, salvo casos especiales, tendrá una duración de:

Los contratos de suministro o servicios tendrán la consideración de contratos menores cuando su valor estimado: