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L1/2014, 24 de junio, Transparencia Pública de Andalucía. P.I. A2

Según la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, a la obligación de las personas y entidades de hacer pública por propia iniciativa la información pública de relevancia que garantice la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de su actuación pública, se le denomina:

En relación al ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía: