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LO.4/2015, SEG.CIUDADANA. P.I. A2

A los efectos del artículo 9 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, todos los españoles tendrán derecho a que se les expida el Documento Nacional de Identidad, que gozará de la protección que a los documentos públicos y oficiales otorgan las leyes, y que tendrá, por sí solo, suficiente valor para la acreditación de la identidad de las personas. Asimismo, conforme a su apartado 1: