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LO.8/1980, FINANCIACIÓN CC.AA. T.L. C1

En base al artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, éstas podrán realizar operaciones de crédito para cubrir necesidades transitorias de tesorería por un plazo:

Según el artículo 11 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados:

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, se considerarán servicios públicos fundamentales: