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O.12/12/2005, NÓMINA. P.I. C1

En la estructura de la nómina, la relación nominal de todos los perceptores de un centro ordenados por clases de personal se denomina:

La nómina general se formará:

La formación, tramitación, aprobación y control de la nómina general se realizarán a través del:

La norma por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece el procedimiento para su elaboración es:

La aprobación del calendario de cierre de las distintas fases de confección y fiscalización de la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía corresponderá, conjuntamente, a:

Una vez fiscalizados y contabilizados los documentos contables de la nómina, la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública y las tesorerías de los Organismos Autónomos, en sus respectivos ámbitos, materializarán el pago de la nómina a los perceptores mediante transferencia bancaria:

Según establece el artículo 13 de la Orden de 12 de diciembre de 2005, las nóminas deberán encontrarse en la fase de ordenación del pago:

Según la Orden de 12 de diciembre de 2005, por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos y se establece el procedimiento para su elaboración:

Según la Orden de 12 de diciembre de 2005, por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía:

Según la Orden de 12 de diciembre de 2005, por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía:

La Orden de 12 de diciembre de 2005, conjunta de las Consejerías de Economía de Hacienda y de Justicia y Administración Pública, por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, y se establece el procedimiento para su elaboración, determina que la nómina general queda constituida por la agrupación de los siguientes elementos:

Según determina la Orden de 12 de diciembre de 2005, conjunta de las Consejerías de Economía de Hacienda y de Justicia y Administración Pública, por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, y se establece el procedimiento para su elaboración, la aprobación del calendario de cierre de las distintas fases de confección y fiscalización de la nómina general, corresponde a:

La formación, tramitación y aprobación de la nómina en cuanto afecte al personal bajo su dependencia, la introducción de actos e incidencias, y la producción de los documentos, así como las comunicaciones que, en su ámbito, procedan en relación con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, corresponderá, según determina la Orden de 12 de diciembre de 2005: