Página 1 de 1

O.14/01, PROLONGACIÓN PERMANENCIA SEVICIO ACTIVO. P.I. C1

De acuerdo con la Orden de 14 de enero de 1997, por la que se regula el procedimiento a seguir para la prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo de los funcionarios públicos que prestan sus servicios en la Junta de Andalucía, los funcionarios públicos que cumplan la edad de jubilación forzosa podrán optar a la prolongación de la permanencia en servicio activo mediante escrito de solicitud dirigido al órgano competente con una antelación mínima de: