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P I. RDL. 670/1987, 30 ABRIL, CLASES PASIVA ESTADO. C1 AE 2019

El Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, para que el personal comprendido en el ámbito de cobertura del Régimen de Clases Pasivas del artículo 3.1 .a) cause a su favor derecho a la pensión ordinaria de jubilación o retiro, deberá haber completado el siguiente número de años de servicios efectivos al Estado: