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PROCEDIMIENTO RP PI 1

El procedimiento de responsabilidad patrimonial de las AA.PP. es:

En los procedimientos de responsabilidad patrimonial iniciados a solicitud del interesado:

Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho:

Si el procedimiento de R.P. se inicia por petición razonada de otros órganos, la petición:

Los procedimientos de responsabilidad patrimonial se inician:

Si el procedimiento de responsabilidad patrimonial se inicia de oficio, el acuerdo de iniciación se notificará:

En el procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado de oficio, si los particulares presuntamente lesionados no se hubieren personado en el plazo a que se refiere la pregunta anterior:

Los interesados podrán solicitar el inicio de un procedimiento de responsabilidad patrimonial:

El derecho a reclamar prescribirá:

Será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder de:

A efectos de solicitar dictamen al Consejo de Estado o, en su caso, al órgano consultivo de la Comunidad Autónoma, cuando sea preceptivo:

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, solicitado dictamen al Consejo de Estado en materia de responsabilidad patrimonial, éste deberá emitirlo en el plazo de:

Para determinar la responsabilidad de las AA.PP. por los daños y perjuicios causados a terceros durante la ejecución de contratos, cuando sean consecuencia de una orden inmediata y directa de la Administración:

la terminación convencional de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, mediante acuerdos, convenios, pactos o contratos:

Transcurridos 6 meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, podrá entenderse que:

Conforme al artículo 26 de la LAJA, la competencia para resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial, en la Administración de la Junta de Andalucía corresponde:

la tramitación simplificada de los procedimientos de responsabilidad patrimonial podrá ser acordada de oficio:

El procedimiento de responsabilidad patrimonial tramitado de forma simplificada deberá ser resuelto en el plazo de:

La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, ponen fin a la vía administrativa:

De acuerdo con el artículo 17.10.a) de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía, este órgano será consultado preceptivamente
en reclamaciones administrativas de indemnización por daños y perjuicios de cuantía:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.2.h) del Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta
de Andalucía, el Gabinete habrá de ser consultado preceptivamente en caso de expedientes de responsabilidad patrimonial: