Ninguna respuesta es correcta.
Se seguirá el procedimiento previsto en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de las especialidades contenidas en la Ley 39/2015, dando en todo caso audiencia al contratista a efectos de que se persone en el procedimiento, exponga lo que a su derecho convenga y proponga medios de prueba.
Se seguirá el procedimiento previsto en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP., sin perjuicio de las especialidades que establezca la Ley de Contratos del Sector Público, dando en todo caso audiencia al contratista a efectos de que se persone en el procedimiento, exponga lo que a su derecho convenga y proponga medios de prueba.
Se seguirá el procedimiento previsto en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, dando en todo caso audiencia al contratista y al presunto lesionado, a efectos de que se personen en el procedimiento, expongan lo que a su derecho convenga y propongan medios de prueba.