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RD.462/2002, 24 MAYO, INDEMINZAC. RAZÓN DEL SERVICIO. P.I. A2. GESTIÓN CIVIL AE

Un funcionario que es destinado, por un periodo superior a dieciocho meses, fuera de España a un puesto de trabajo de la Administración española en el extranjero, contrae matrimonio fuera de su localidad de destino. De acuerdo con la normativa reguladora de las Indemnizaciones por razón del servicio, a dicho funcionario le corresponde:

Según el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio, darán derecho a indemnización o compensación:

En el Estado, la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización, según establece el Real Decreto 462/2002, compete:

De acuerdo con el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio, darán derecho a indemnización o compensación: