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RD.84/1996,26 ENERO. P.I. C2

La Tesorería de la Seguridad Social asignará un número a cada ciudadano como afiliado y en alta, éste será:

La afiliación a la Seguridad Social podrá realizarse:

Los datos facilitados al practicarse la afiliación que por cualquier circunstancia experimenten variación, serán comunicados por el empresario o trabajador:

La presentación de la solicitud de afiliación se dirigirá a: