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RDL.8/2015, SEGURIDAD SOCIAL. T.L. A1

La entidad gestora que reconoce el derecho a las prestaciones económicas de los funcionarios pertenecientes al Régimen General de la Seguridad Social es:

La base reguladora de la pensión de jubilación, se calcula conforme al promedio de las bases de cotización del trabajador de:

Las prestaciones económicas derivadas de las contingencias profesionales, dentro del sistema de Seguridad Social se asocian a las siguientes entidades:

Según la Ley General de la Seguridad Social, estarán comprendidos en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social, a afectos de las prestaciones de modalidad no contributiva:

En relación con la prestación de paternidad es cierto que:

Las prestaciones económicas que tengan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional se aumentarán, conforme a lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social:

El derecho al percibo de las prestaciones periódicas, regulado en el artículo 54.2 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, caducará:

Para ser beneficiario de una pensión de invalidez en su modalidad no contributiva, además de otros requisitos, en el artículo 363 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se requiere:

Según el artículo 66.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, las entidades gestoras de la Seguridad Social son:

Según el artículo 24 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, el derecho de la Administración de la Seguridad Social para determinar las deudas por cuotas y por conceptos de recaudación conjunta mediante las oportunas liquidaciones prescribe:

Con respecto a la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social, salvo disposición legal expresa en contrario, no se exigirán períodos previos de cotización para el derecho a las prestaciones que se deriven…

La prestación por incapacidad permanente total consiste:

De conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Real Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre la duración de la prestación por desempleo a nivel contributivo será: