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T 18 EA 02

Las relaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el Estado se fundamentan en la colaboración, cooperación, lealtad institucional y mutuo auxilio:

En las relaciones de la Comunidad Autónoma con el Estado, se establecerán los correspondientes instrumentos bilaterales de relación:

Constituirá el marco general y permanente de relación entre los Gobiernos de la Junta de Andalucía y del Estado:

La Comunidad Autónoma participará en la planificación de la actividad económica:

La Comunidad Autónoma de Andalucía puede celebrar con otras Comunidades Autónomas para la gestión y prestación conjunta de servicios propios de las mismas:

Si la posición expresada por la Comunidad Autónoma afecta a sus competencias exclusivas y si de la propuesta o iniciativa europeas se pueden derivar consecuencias financieras o administrativas de singular relevancia para Andalucía:

La Junta de Andalucía desarrolla y ejecuta el derecho de la Unión Europea en las materias de su competencia:

En el caso de que la Unión Europea establezca una legislación que sustituya a la normativa básica del Estado:

La Junta de Andalucía participará directamente en los organismos internacionales:

La Comunidad Autónoma de Andalucía desplegará actividades de cooperación al desarrollo dirigidas a la erradicación de la pobreza, la defensa de los derechos humanos y la promoción de la paz y los valores democráticos, particularmente en: