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T 23 LAJA 02

Las entidades dotadas de personalidad jurídica propia, creadas, participadas mayoritariamente o controladas efectivamente por los entes públicos de la Administración de la Junta de Andalucía:

Según el artículo 50.1 de la Ley 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, son entidades instrumentales de la Junta de Andalucía:

Son fundaciones del sector público andaluz:

Las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía están dotadas, en todo caso:

5. Gozan de personalidad jurídica pública:

La Administración institucional dependiente de la Administración de la Junta de Andalucía está constituida:

Gozan de personalidad jurídica privada:

Se ajustan al principio de instrumentalidad:

En ningún caso pueden disponer de facultades que impliquen ejercicio de autoridad:

Las entidades instrumentales de la Administración de la Junta se regulan:

Pueden ejercer potestades administrativas para el cumplimiento de sus fines:

No pueden ejercer la potestad expropiatoria en ningún caso.

Los sistemas de gestión de calidad previstos en la Ley 9/2007 tienen como objeto:

Deben adoptar sistemas de gestión de calidad:

Se crean por Ley:

El plan inicial de actuación debe tener un ámbito temporal de: