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T 39 CC 01

Las fuentes del ordenamiento jurídico español son:

Las fuentes del ordenamiento jurídico español se encuentran reguladas en:

Carecerán de validez las disposiciones que:

La costumbre regirá:

Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad tendrán la consideración de:

Los principios generales del derecho se aplicarán:

Las normas jurídicas contenidas en los tratados internacionales no serán de aplicación directa en España:

La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico:

Los Jueces y Tribunales tienen el deber inexcusable de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan, ateniéndose:

Según el artículo 2 del Código Civil, las leyes entrarán en vigor:

De acuerdo con el Código Civil, si nada se dice sobre el cómputo de los plazos, los días se entenderán:

Las leyes sólo se derogan por:

La derogación tendrá el alcance:

Las leyes tendrán efecto retroactivo

Las normas se interpretarán:

¿Cuándo procederá la aplicación analógica de las normas?

En el cómputo civil de los plazos: