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T 42 CC 01

El usufructuario tiene la obligación de conservar la forma y sustancia del bien usufructuado:

El usufructo no puede constituirse:

Los derechos y las obligaciones del usufructuario serán:

Los frutos naturales o industriales pendientes al tiempo de comenzar el usufructo:

Toda obligación consiste en:

Las obligaciones nacen:

Las obligaciones derivadas de la ley:

Las obligaciones civiles que nazcan de los delitos o faltas:

Será exigible desde luego:

En las obligaciones condicionales la adquisición de los derechos, así como la resolución o pérdida de los ya adquiridos, dependerán del acontecimiento que constituya la condición. Si el cumplimiento de la condición dependa de la exclusiva voluntad del deudor:

La concurrencia de dos o más acreedores o de dos o más deudores en una sola obligación:

Los contratantes pueden establecer:

La validez y el cumplimiento de los contratos:

En los contratos, el juramento:

En el contrato de compraventa:

El señalamiento del precio:

La venta se perfeccionará entre comprador y vendedor, y será obligatoria para ambos:

La venta hecha a calidad de ensayo o prueba de la cosa vendida, y la venta de las cosas que es costumbre gustar o probar antes de recibirlas, se presumirán hechas siempre:

Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta:

En el contrato de compraventa: