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T 49 L39 01

La Administración está obligada a dictar resolución expresa:

Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo para notificar la resolución expresa, éste será:

En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el carácter desestimatorio del silencio deberá fundarse en la concurrencia de razones imperiosas de interés general:

En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa:

En todo caso deberán ser motivados, de acuerdo con laLey 39/2015:

En los casos en que los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal, la constancia escrita del acto ("cuando sea necesaria"):

Las resoluciones administrativas de carácter particular:

Serán ejecutivos con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2015:

La regla general es:

Podrá otorgarse eficacia retroactiva a un acto administrativo:

(Las normas y) Los actos dictados por los órganos de las Administraciones Públicas en el ejercicio de su propia competencia deberán ser observados:

Son nulos de pleno derecho:

Las disposiciones administrativasque regulen materias reservadas a la Ley:

La desviación de poder es:

El defecto de forma, cuando dé lugar a indefensión de los interesados, dará lugar a:

Son nulos de pleno derecho:

La regla según la cual los actos nulos o anulables que contengan los elementos constitutivos de otro distinto producirán los efectos de éste se contiene en la Ley 39/2015 bajo la expresión:

La facultad de la Administración de subsanar los vicios de que adolezcan sus actos anulables se denomina:

Si el vicio de un acto administrativo consiste en incompetencia determinante de nulidad, la convalidación podrá realizarla:

La desestimación por silencio administrativo: