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T 49 L39 02

En los casos de renuncia del derecho:

El plazo máximo para notificar la resolución expresa de los procedimientos será:

En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el plazo máximo para notificar la resolución expresa se contará:

Son directamente responsables del cumplimiento de la obligación legal de dictar resolución expresa en plazo:

En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitima al interesado o interesados:

La estimación por silencio administrativo:

En los casos de desestimación por silencio administrativo:

En los procedimientos iniciados de oficio de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la constitución de derechos u otras situaciones jurídicas favorables, si vence el plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa:

De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la paralización del procedimiento por causa imputable al interesado interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución:

Serán en todo caso motivados:

Los actos administrativos:

Las resoluciones administrativas que vulneren lo establecido en una disposición reglamentaria son:

Son nulos de pleno derecho:

Son nulos de pleno derecho:

Toda causa de nulidad deberá ser establecida:

El defecto de forma, cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin, determinará:

La regla según la cual la nulidad o anulabilidad de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento que sean independientes del primero se contiene en la Ley 39/2015 bajo la expresión:

La regla según la cual la nulidad o anulabilidad en parte del acto administrativo no implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado, se contiene en la Ley 39/2015 bajo al expresión:

La regla según la cual el órgano que declara la nulidad o anule las actuaciones dispondrá siempre la conservación de aquellos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción, se contiene en la Ley 39/2015 bajo la expresión:

Si el vicio de un acto consistiese en la falta de alguna autorización, este acto: