Página 1 de 1

T 50 L39 03

Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones distintos de los que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración:

Para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios:

Los plazos expresados por horas no podrán tener una duración superior a:

Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días:

Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán:

Cuando el último día del plazo sea inhábil:

Comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales:

La Administración, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero:

Los plazos ya vencidos podrán ser objeto de ampliación:

El acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento:

Cuando la Administración, antes del inicio del procedimiento, pretenda conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento, ¿qué podrá decidir?

Las medidas provisionales podrán acordarse una vez iniciado el procedimiento administrativo:

Las medidas provisionales que se adopten un vez iniciado el procedimiento tendrán como finalidad:

Antes de la iniciación del procedimiento, las medidas provisionales podrán ser acordadas:

Si el acuerdo de iniciación del procedimiento no contiene un pronunciamiento expreso sobre las medidas provisionales adoptadas con anterioridad, dichas medidas:

Contra el acuerdo de acumulación, según la Ley 39/2015:

La actuación derivada del conocimiento directo o indirecto de las circunstancias, conductas o hechos objeto del procedimiento por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación, constituye una forma de iniciación de oficio del procedimiento administrativo:

En los procedimientos de naturaleza sancionadora, la orden superior expresará, en la medida de lo posible, entre otras circunstancias:

La petición razonada de otros órganos:

En los procedimientos de naturaleza sancionadora, la petición razonada de otros órganos expresará, en la medida de lo posible, entre otras circunstancias: