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T 52 L39 01

Según la Ley 39/2015, la declaración de nulidad de los actos administrativos la realizarán las Administraciones públicas:

Para que un acto pueda ser declarado nulo de oficio por la Administración se requiere:

El dictamen favorable, siempre previo, del Consejo de Estado o del órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma se exige:

El plazo máximo de que dispone la Administración para notificar la resolución expresa, una vez iniciado el procedimiento de declaración de nulidad de un acto, es:

La declaración de lesividad:

El plazo máximo de que se dispone para adoptar la declaración de lesividad es de:

Según la Ley 39/2015, la Administración puede revocar sus actos gravamen:

Las Administraciones Públicas podrán rectificar, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos:

El recurso de alzada y el recurso potestativo de reposición pueden interponerse:

El recurso de alzada puede fundarse:

El recurso potestativo de reposición puede fundarse:

Las reclamaciones económico–administrativas se regirán:

El recurso extraordinario de revisión procede

En todo caso ponen fin a la vía administrativa:

En el error en la calificación del recurso por parte del recurrente:

En vía de recurso, carecer de legitimación el recurrente:

En vía de recurso, carecer el recurso manifiestamente de fundamento:

La interposición de cualquier recurso administrativo:

Pueden ser objeto de recurso de alzada:

El recurso de reposición: