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T 61 L33.03 02

Las Administraciones públicas podrán adquirir bienes y derechos, según la Ley 33/2003:

Los saldos de cuentas corrientes se consideran abandonados:

Los saldos de cuentas corrientes abandonados:

Los saldos de cuentas corrientes abandonados:

La Administración puede tomar posesión de los bienes adjudicados:

El inventario patrimonial de las comunidades autónomas, entidades locales y entidades de Derecho público vinculadas o dependientes de ellas incluirá, al menos:

El conocimiento de las cuestiones de naturaleza civil que se suscitan con ocasión del ejercicio por la Administración de las potestades de defensa de su patrimonio corresponde:

Las entidades públicas empresariales dependientes de la Administración General del Estado o vinculadas a ella y las entidades asimilables a ellas vinculadas a las administraciones de las comunidades autónomas y corporaciones locales sólo pueden ejercer:

El órgano competente podrá adoptar las medidas provisionales que considere necesarias para asegurar la eficacia del acto que en su momento pueda dictarse:

Las demandas en que se ejercite la acción para la tutela sumaria de la posesión prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil frente a las actuaciones que, en ejercicio de las facultades y potestades que tienen atribuidas en defensa de su patrimonio, realicen las Administraciones públicas:

Los actos administrativos dictados en los procedimientos que se sigan en el ejercicio de las facultades y potestades que las Administraciones públicas tienen atribuidas en defensa de su patrimonio y que afecten a titularidades y derechos de carácter civil:

Quienes se consideren perjudicados en cuanto a su derecho de propiedad u otros de naturaleza civil por actos administrativos dictados en los procedimientos que se sigan en el ejercicio de las facultades y potestades que las Administraciones públicas tienen atribuidas en defensa de su patrimonio:

A las personas que, sin venir obligadas a ello por razón de su cargo o funciones promuevan el procedimiento de investigación denunciando, con los requisitos reglamentariamente establecidos, la existencia de bienes y derechos que presumiblemente sean de titularidad pública, se les abonará como premio, siempre que el procedimiento concluya con su incorporación al Patrimonio del Estado y esta incorporación no sea revocada posteriormente:

Cuando con motivo de concentraciones parcelarias se asignen a la Administración General del Estado fincas de reemplazo carentes de titular:

El conocimiento de las cuestiones de naturaleza civil que se susciten con ocasión del ejercicio por la Administración de las potestades de defensa de su patrimonio corresponderá:

A fin de recuperar en vía administrativa la posesión de sus bienes demaniales cuando decaigan o desaparezcan el título, las condiciones o las circunstancias que legitimaban su ocupación por terceros, las Administraciones públicas tienen:

A fin de determinar la titularidad de los bienes y derechos que presumiblemente formen parte de su patrimonio, cuando no les conste de modo cierto, las Administraciones públicas tienen:

A fin de fijar los límites de los bienes inmuebles de su patrimonio de otros pertenecientes a terceros, cuando sean imprecisos o existan indicios de usurpación, las Administraciones públicas tienen:

A fin de recuperar por sí mismas la posesión indebidamente perdida sobre los bienes y derechos de su patrimonio, las Administraciones públicas tienen:

Si los bienes y derechos cuya posesión se trata de recuperar tienen la condición de demaniales:

Si los bienes y derechos cuya posesión se trata de recuperar tienen la condición de demaniales:

En ningún caso podrán ser titulares de concesiones sobre bienes y derechos demaniales: