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T 97.1 EBEP 03

Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos, salvo:

Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos, salvo:

Los puestos a que no pueden acceder los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea:

Podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos:


Podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos:

Podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos, en todo caso:

Podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos, en todo caso:

Podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a todos los empleos públicos, en todo caso:

El acceso al empleo público de la Administración de la Junta de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea se regula directamente:

Podrá eximirse del requisito de la nacionalidad para el acceso a la condición de personal funcionario: