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T 99.2 EBEP 04

Según el EBEP, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo, los funcionarios tendrán el siguiente permiso:

El EBEP reconoce un permiso por lactancia:

Según el EBEP, por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, cuando el suceso se produzca en la misma localidad, los funcionarios tendrán un permiso de:

Según el EBEP, la jornada de trabajo de los funcionarios públicas puede ser:

Según el EBEP, el permiso por nacimiento:

Según el EBEP, el cómputo del plazo del permiso por adopción se contará a elección del funcionario:

Según el EBEP, por asuntos particulares los funcionarios tienen un permiso de:

Según el EBEP, en el permiso por adopción, en el caso de que ambos progenitores trabajen:

El disfrute del permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija:

A efectos del permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave, se considera como enfermedad grave, según el EBEP:

Según el EBEP, el permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija, cuando así lo prevea la normativa de la Administración pública en que se presten servicios, podrá iniciarse en una fecha posterior al hecho causante:

Por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave el EBEP concede al funcionario un permiso:

Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar de unas vacaciones retribuidas, según el EBEP:

Según el EBEP, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral, el funcionario tiene un permiso:

Según el EBEP, a efectos del tiempo de vacaciones anuales retribuidas:

Según el EBEP, el periodo vacacional se podrá disfrutar aunque haya terminado el año natural a que corresponda, cuando no se haya podido iniciar su disfrute dentro del mismo, o una vez iniciado su disfrute sobreviniera alguna de las siguientes circunstancias:

Según el EBEP, el periodo vacacional se podrá disfrutar aunque haya terminado el año natural a que corresponda, cuando no se haya podido iniciar su disfrute dentro del mismo, o una vez iniciado su disfrute sobreviniera alguna de las siguientes circunstancias:

Según el EBEP, por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, cuando el suceso se produzca en la misma localidad, los funcionarios tendrán un permiso de: