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T L 1998.29 JURISDICCON CONTENCIOSA (6º)

Con respecto a la interposición de un recurso de apelación, ubique la información errónea.

Marque la respuesta equivocada. Son apelables en un solo efecto los autos dictados por los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en procesos de los que conozcan en primera instancia, en los siguientes casos:

El recurso de reposición se interpondrá en el plazo, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución impugnada, de:

Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y, en su caso, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de este Orden Jurisdiccional conocen de todas aquellas materias cuya cuantía no supere los:

En los procedimientos en primera o única instancia, el Juez o Tribunal, de oficio o a solicitud de parte, una vez formuladas la demanda y la contestación, podrá someter a la consideración de las partes:

Si interpuesto recurso contencioso-administrativo la Administración demandada reconociese totalmente en vía administrativa las pretensiones del demandante, el Secretario judicial (actualmente, Letrado de la Administración de Justicia) mandará oír a las partes por plazo común de:

Producido el allanamiento, el Juez o Tribunal, sin más trámites, dictará sentencia de conformidad con las pretensiones del demandante, salvo si ello supusiere infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso el órgano jurisdiccional comunicará a las partes los motivos que pudieran oponerse a la estimación de las pretensiones y las oirá por plazo común de:

El recurrente podrá desistir del recurso en cualquier momento anterior a la sentencia, entonces el Secretario judicial (actualmente, Letrado de la Administración de Justicia) dará traslado a las demás partes, por plazo común de:

Las sentencias firmes que anulen un precepto de una disposición general:

La sentencia desestimará el recurso cuando se ajuste a Derecho:

La sentencia pronunciará alguno de los fallos siguientes:

La sentencia se dictará, desde que el pleito haya sido declarado concluso, en el plazo de:

Cuando el Juez o Tribunal juzgue oportuno que en el acto de la vista o en las conclusiones se traten motivos relevantes para el fallo y distintos de los alegados, lo pondrá en conocimiento de las partes mediante providencia, dándoles para ser oídas sobre ello, el plazo de:

Cuando se acuerde el trámite de conclusiones, el plazo para formular el escrito será de:

Si el Juez o Tribunal hiciere uso de su facultad de acordar de oficio la práctica de una prueba, y las partes carecieran de oportunidad para alegar sobre ello en la vista o en el escrito de conclusiones, el Secretario judicial (actualmente, Letrado de la Administración de Justicia) pondrá de manifiesto el resultado de la prueba a las partes, las cuales podrán alegar cuanto estimen conveniente acerca de su alcance e importancia, en el plazo de:

Complete el espacio punteado. Las partes demandadas podrán alegar, dentro de los primeros ... del plazo para contestar la demanda, los motivos que pudieren determinar la incompetencia del órgano jurisdiccional o la inadmisibilidad del recurso.

Ubique la información errónea. En los escritos de demanda y de contestación se consignarán con la debida separación:

Si las partes estimasen que el expediente administrativo no está completo, podrán solicitar que se reclamen los antecedentes para completarlo, y el Secretario judicial (actualmente, Letrado de la Administración de Justicia) resolverá lo pertinente en el plazo de:

Transcurrido el término para la remisión del expediente administrativo sin que éste hubiera sido enviado, podrá pedirse que se conceda plazo para formalizar la demanda. Una vez recibido el expediente, el Secretario judicial (actualmente, Letrado de la Administración de Justicia) pondrá éste de manifiesto a las partes para que puedan efectuar las alegaciones complementarias que estimen oportunas, por plazo común de:

Rellene la línea punteada. La resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los ... siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él.