Entre 30 y 55 metros cuadrados de suelo por cada 100 metros cuadrados de techo edificable, con uso residencial, de los que entre 20 y 25 metros cuadrados de suelo, y nunca menos del diez por ciento de la superficie del sector, deberán destinarse a parques y jardines, y además, entre 0,5 y 1 plaza de aparcamiento público por cada 100 metros cuadrados de techo edificable.
Entre 30 y 55 metros cuadrados de suelo por cada 100 metros cuadrados de techo edificable, con uso residencial, de los que entre 18 y 21 metros cuadrados de suelo, y nunca menos del veinte por ciento de la superficie del sector, deberán destinarse a parques y jardines, y además, entre 0,5 y 1 plaza de aparcamiento público por cada 100 metros cuadrados de techo edificable.
Entre 30 y 55 metros cuadrados de suelo por cada 100 metros cuadrados de techo edificable, con uso residencial, de los que entre 18 y 21 metros cuadrados de suelo, y nunca menos del diez por ciento de la superficie del sector, deberán destinarse a parques y jardines, y además, entre 0,5 y 1 plaza de aparcamiento público por cada 100 metros cuadrados de techo edificable.
Entre 30 y 55 metros cuadrados de suelo por cada 100 metros cuadrados de techo edificable, con uso residencial, de los que entre 18 y 21 metros cuadrados de suelo, y nunca menos del diez por ciento de la superficie del sector, deberán destinarse a parques y jardines, y además, entre 2 y 3 plazas de aparcamiento público por cada 100 metros cuadrados de techo edificable.