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T L 2005.03 AND INCOMP ALT CARG (3º)

La ley de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos regula el régimen de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la declaración de:

A los efectos de la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, se considera/n alto/s cargo/s (señala la proposición errónea):

Complete la línea de puntos. Se consideran altos cargos los Presidentes, Consejeros Delegados y quienes ejerzan la función ejecutiva de máximo nivel de las entidades de Derecho público vinculadas o dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía, o de las sociedades mercantiles con participación directa de la Administración de la Junta de Andalucía o de sus Organismos Autónomos, ... , tanto si son nombrados por el Consejo de Gobierno o si son nombrados por los propios órganos de gobierno de dichas entidades y sociedades.

A los efectos de la aplicación del régimen de declaración de actividades, bienes, intereses y retribuciones previsto en esta Ley, se consideran otros cargos públicos:

En relación al régimen de dedicación e incompatibilidades de altos cargos, indique la respuesta equivocada:

Al respecto de la compatibilidad con actividad representativa, no es cierto que:

Los altos cargos son incompatibles entre sí, entre otros:

Los altos cargos son incompatibles entre sí, entre otros, con el ejercicio por sí o por persona interpuesta o mediante sustitución de la profesión a la que, por razón de sus títulos o aptitudes pudiera dedicarse:

Marque la respuesta errónea. Los altos cargos son incompatibles entre sí, entre otros:

Señale la respuesta equivocada. Los titulares de altos cargos están obligados a inhibirse del conocimiento de los asuntos, en cuyo despacho, hubieran intervenido o que interesen a empresas, entidades o sociedades en cuya dirección, asesoramiento o administración hubiesen tenido alguna parte:

Complete la línea de puntos. La incompatibilidad en el desempeño por sí o por persona interpuesta de cargos de todo orden, funciones de dirección o de representación, así como de asesoramiento y mediación de empresas o sociedades concesionarias, empresas inmobiliarias, contratistas de obras, servicios o suministros, o con participación o ayudas del sector público cualquiera que sea la configuración jurídica de aquellas, implica la suspensión en el ejercicio de los cargos previstos en el mismo, y la prohibición de obtenerlos mientras ejerzan los que son causa de incompatibilidad y durante ... después de su cese, salvo cuando fueren designados para los mismos en representación de las Administraciones Públicas, o cuando los estuvieren ejerciendo y hubieren cesado por razón de su nombramiento.

A efectos de la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, se considera una infracción grave:

Las infracciones graves se sancionarán con:

Las infracciones muy graves serán sancionadas con:

Con independencia de las sanciones por infracciones muy graves y graves que les sean impuestas, los infractores:

Quienes hubieran sido sancionados por la comisión de una infracción grave de las tipificadas en esta Ley serán, en su caso, cesados y no podrán ser nombrados para ocupar cargos de los relacionados en el artículo 2, por un período de hasta:

Cuando los altos cargos sean miembros del Consejo de Gobierno, el órgano competente para la incoación será:

La imposición de sanciones por infracciones graves o leves corresponderá a:

Al cesar en el cargo, los ex altos cargos de la Junta de Andalucía, con excepción de ex presidentes, ex vicepresidentes y ex consejeros, tendrán derecho a una asignación económica temporal. Dicho derecho decaerá en el momento en que, dentro del período en que la perciba:

Complete la línea punteada. Los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo para el personal de la Administración de la Junta de Andalucía, que, durante ... , desempeñen o hayan desempeñado, a partir del día 28 de abril de 1978, puestos en la Administración de la Junta de Andalucía o en sus organismos autónomos, comprendidos en el ámbito de aplicación previsto en el artículo 2.1 de la presente Ley, exceptuados los puestos de Gabinete con categoría inferior a Director General, percibirán, desde su reincorporación al servicio activo, y mientras se mantengan en esta situación, el complemento correspondiente a su categoría profesional, incrementado en la cantidad que resulte de la diferencia entre el valor del complemento de destino que la Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma fije anualmente para el cargo que se hubiere desempeñado y la suma de las cuantías de los complementos de categoría profesional y de convenio colectivo, hasta igualarlo al complemento de destino que dicha Ley de Presupuesto fije para el cargo de Director General de la Junta de Andalucía.