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T L 2014.05 ADN CALCL (1º)

El Consejo Andaluz de Concertación Local está previsto en el Estatuto de Autonomía para Andalucía en su artículo:

Indique la respuesta errónea. El Consejo Andaluz de Concertación Local tendrá las siguientes funciones:

Indique la respuesta errónea. El Consejo Andaluz de Concertación Local tendrá las siguientes funciones:

Cuando el órgano proponente rechace observaciones o reparos del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, que expresamente se hayan realizado por resultar afectadas las competencias locales propias, el citado órgano colegiado podrá solicitar, motivadamente, el informe del Consejo Andaluz de Concertación Local, por:

Complete la línea de puntos. Cuando el órgano proponente rechace observaciones o reparos del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, que expresamente se hayan realizado por resultar afectadas las competencias locales propias, el citado órgano colegiado podrá solicitar, motivadamente, el informe del Consejo Andaluz de Concertación Local en el plazo máximo de ..., a contar desde la recepción de la información expresa y detallada a que se refiere el artículo 57.5 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

El informe del Consejo Andaluz de Concertación Local, cuando procediere, deberá emitirse en el plazo, a partir de la solicitud, de:

El Consejo Andaluz de Concertación Local, en representación de la Junta de Andalucía, estará compuesto por una serie de personas vocales, designadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entre personas titulares de órganos directivos con rango de Viceconsejería, en número de:

Señale la proposición equivocada. El Consejo Andaluz de Concertación Local, en representación de la Junta de Andalucía, estará compuesto, entre otros, por:

El Consejo Andaluz de Concertación Local, en representación de los Gobiernos locales, estará compuesto, entre otros, por:

El Consejo Andaluz de Concertación Local, en representación de los Gobiernos locales, estará compuesto por una serie de personas vocales, cuya designación se realizará por el órgano competente de la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de mayor implantación en Andalucía, en número de:

Señale la respuesta errónea. La condición de miembro del Consejo Andaluz de Concertación Local se perderá por las siguientes causas:

La Vicepresidencia del Consejo Andaluz de Concertación Local la asumirá:

La Comisión Permanente del Consejo Andaluz de Concertación Local, en representación de la Junta de Andalucía, tendrá la siguiente composición:

La Comisión Permanente del Consejo Andaluz de Concertación Local, en representación de los Gobiernos locales, tendrá la siguiente composición:

El Consejo Andaluz de Concertación Local deberá reunirse, en Pleno, en sesión ordinaria, previa convocatoria acordada por la Presidencia, al menos:

La convocatoria del Pleno del Consejo Andaluz de Concertación Local, acompañada de la propuesta del orden del día, deberá remitirse, de forma que la reciban sus miembros, con una antelación mínima de:

Cuando la urgencia del asunto, o asuntos a tratar, no permita convocar la sesión extraordinaria del Consejo Andaluz de Concertación Local, con la antelación exigida, se podrá convocar sesión extraordinaria urgente, con una antelación mínima de:

Para la válida celebración de las sesiones del Consejo Andaluz de Concertación Local se requerirá, en primera convocatoria, la presencia de, al menos:

El plazo para la emisión de los informes y dictámenes del Consejo Andaluz de Concertación Local será, salvo que una disposición legal establezca otro distinto, de:

Cuando la complejidad del asunto lo requiera, el plazo habitual para la emisión de los informes y dictámenes del Consejo Andaluz de Concertación Local, se entenderá ampliado por un máximo de: