La incomparecencia en el trámite de información pública no impedirá a los interesados interponer los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.
La incomparecencia en el trámite de información pública, impedirá a los interesados interponer los recursos procedentes contra la resolución definitiva del procedimiento.
La comparecencia en el trámite de información pública otorga, por sí misma, la condición de interesado, por ello, quienes presenten alegaciones en este trámite tienen derecho a una respuesta, que no podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales.
La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado. No obstante, quienes presenten alegaciones u observaciones en este trámite pierden el derecho a obtener de la Administración, una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales.