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T L. LEY 39/2015. A2 AE 2019

De acuerdo con el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las Administraciones Públicas podrán practicar las notificaciones por medios no electrónicos:

Según el artículo 81 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el caso de reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, será preceptivo el informe del Consejo General del Poder Judicial que será evacuado en el plazo máximo de:

Según el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, NO está obligado/a a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas:

De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contra los actos firmes en vía administrativa cabe interponer:

De acuerdo con el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, la revocación: