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T RDLEG 2015.02 ET (11º)

Cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo, se podrá proceder a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, que afecten a las siguientes materias (marque la respuesta errónea):

Se entiende que concurren causas técnicas en una empresa:

Se entiende que concurren causas económicas en una empresa:

Se entiende que concurren causas organizativas en una empresa:

Se entiende que concurren causas productivas en una empresa:

En caso de desacuerdo durante el periodo de consultas, cualquiera de las partes podrá someter la discrepancia a la comisión del convenio que dispondrá, para pronunciarse, de un plazo máximo, a contar desde que la discrepancia le fuera planteada, de:

Cuando el periodo de consultas finalice sin acuerdo o no se hubiera solucionado una discrepancia acaecida, cualquiera de las partes podrá someter la solución de la misma a la:

Con relación a la negociación, indique la proposición errónea:

La regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes materias (indique la respuesta errónea):

Sin perjuicio de la libertad de contratación que se reconoce a las partes, a través de la negociación colectiva, se articulará el deber de negociar planes de igualdad en las empresas de más de:

Marque la opción equivocada. Sin perjuicio de la libertad de contratación, los convenios colectivos habrán de expresar como contenido mínimo lo siguiente:

Con relación a la vigencia del convenio colectivo, indique la respuesta errónea:

En representación de los trabajadores, estarán legitimados para negociar en los convenios de empresa y de ámbito inferior:

En representación de los empresarios estarán legitimados para negociar en los convenios colectivos sectoriales, entre otros, las asociaciones empresariales que, en el ámbito geográfico y funcional del convenio, cuenten con el diez por ciento de los empresarios, y siempre que estas den ocupación a igual porcentaje de los trabajadores afectados, así como aquellas asociaciones empresariales que, en dicho ámbito, den ocupación:

En los convenios sectoriales, el número de miembros en representación de cada parte no excederá de:

En los convenios que no sean sectoriales, el número de miembros en representación de cada parte, no superará el número de:

Se procederá a constituir la comisión negociadora en el plazo máximo, a partir de la recepción de la comunicación, de:

Los convenios deberán ser presentados, ante la autoridad laboral competente, a los solos efectos de registro, dentro del plazo de:

Complete la línea de puntos. En el plazo máximo de ... desde la presentación del convenio en el registro, se dispondrá por la autoridad laboral su publicación obligatoria y gratuita en el «Boletín Oficial del Estado» o en el correspondiente boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia, en función del ámbito territorial del convenio.

La decisión de extensión se adoptará siempre a instancia de parte y mediante la tramitación del procedimiento que reglamentariamente se determine, cuya duración no podrá exceder de: