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T RDLG 2000.05 LISOS (2º)

Es una infracción grave en materia de relaciones laborales individuales y colectivas:

Es una infracción muy grave, en materia de derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria:

Es una infracción muy grave, en materia de derechos de información, consulta y participación de los trabajadores en las sociedades anónimas y sociedades cooperativas europeas:

Es una infracción leve, en materia de prevención de riesgos laborales:

Es una infracción grave, en materia de prevención de riesgos laborales:

Es una infracción grave, de los empresarios, de las agencias de colocación, de las entidades de formación o aquellas que asuman la organización de las acciones de formación profesional para el empleo, programada por las empresas, y de los beneficiarios de ayudas y subvenciones, en materia de empleo y ayudas al fomento del empleo en general:

Es una infracción leve de las empresas de trabajo temporal:

Es una infracción leve de los empresarios, entidades de formación, entidades que asuman la organización de las acciones de formación profesional para el empleo programada por las empresas, trabajadores por cuenta propia y asimilados:

Es una infracción grave de los empresarios, entidades de formación, entidades que asuman la organización de las acciones de formación profesional para el empleo programada por las empresas, trabajadores por cuenta propia y asimilados:

Es una infracción grave de los trabajadores o asimilados, beneficiarios y solicitantes de prestaciones:

Es una infracción leve de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social:

Es una infracción muy grave de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social:

Las infracciones graves en materia de cooperativas se sancionarán con multa de:

Las infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales se sancionarán, en su grado medio, con multa de:

Las infracciones muy graves, en su grado mínimo, en materia de relaciones laborales y empleo, en materia de Seguridad Social se sancionarán con multas de:

Las infracciones leves, en su grado mínimo, en materia de relaciones laborales y empleo, en materia de Seguridad Social se sancionarán con multas de:

En el caso de los solicitantes y beneficiarios de pensiones o prestaciones de Seguridad Social, incluidas las de desempleo y la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos, las infracciones muy graves se sancionarán con pérdida de la pensión o prestación durante:

En el caso de los solicitantes y beneficiarios de pensiones o prestaciones de Seguridad Social, incluidas las de desempleo y la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos, las infracciones leves se sancionarán con pérdida de la pensión o prestación durante:

Es una infracción leve por obstrucción a la labor inspectora:

Indique la respuesta errónea. Las actas de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, reflejarán: