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T9.1-2 C1JA

El artículo 8 de la LRJSP señala que la competencia:

¿Cuál de las siguientes figuras supone la alteración de la titularidad de la competencia de los órganos administrativos?

Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que deba ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a:

El ejercicio de la competencia podrá delegarse:

En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a:

Las competencias que se ejerzan por delegación podrán delegarse:

En los supuestos de delegación de competencias en órganos no dependientes jerárquicamente, el conocimiento de un asunto:

El acuerdo de avocación deberá ser notificado a los interesados en el procedimiento:

Según el régimen de la encomienda de gestión, introducido por la LRJSP, la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada:

Deberán publicarse en el BOE, BOJA o BOP, según la Administración de que se trate:

La suplencia temporal de los titulares de los órganos administrativos procede en los casos de:

Los órganos colegiados de las distintas AAPP en que participen organizaciones representativas de intereses sociales, quedarán integrados:

Para la válida constitución de los órganos colegiados, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos:

Señalar la respuesta incorrecta. Son funciones del Secretario de un órgano colegiado: