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TIT VIII_ 2

De acuerdo con el artículo 147 CE, los Estatutos de Autonomía deberán contener:

Las CC.AA. que accedieron por la vía del artículo 143 CE podrán, desde un primer momento, asumir competencias en las materias contenidas en el artículo:

De acuerdo con el artículo 148.2, las CC.AA. que accedieron por la vía del artículo 143, podrán ampliar sucesivamente sus competencias:

El Estado no tiene competencia exclusiva sobre:

conforme establece el artículo 148, las CC.AA. podrán asumir competencias en materia de:

De acuerdo con el artículo 148, las CC.AA podrán asumir competencias en materia de:

El estado se reserva la competencia exclusiva sobre:

De acuerdo con el artículo 148.1, las CC.AA. podrán asumir competencias en materia de:

El Estado no se reserva la competencia exclusiva sobre:

Las CC.AA. no podrán asumir competencias en materia de:

Podrán asumir directamente competencias en el marco del artículo 149, sin el requisito de dejar transcurrir el plazo de 5 años, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada, dentro del plazo de 6 meses (señalar la respuesta más exacta):

Dispone el artículo 149.2 que el Estado considerará, sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las CC.AA., como un deber y atribución esencial:

Las materias no atribuidas expresamente al Estado por la CE:

La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía:

El Derecho estatal:

El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las CC.AA. cuando así lo exija el interés general:

¿A quién corresponde apreciar la necesidad de que el Estado dicte las leyes de armonización reguladas en el apartado 3 del artículo 150?

El Estado podrá transferir o delegar en las CC.AA. facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación:

El control de las CC.AA. en el ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del artículo 150 se ejercerá:

Mediante las leyes marco previstas en el artículo 150.1, Las CC.GG., en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o algunas de las CC.AA. la facultad de dictar para sí mismas:

El artículo 140 de la CE establece que el gobierno y administración de los municipios corresponde a:

El artículo 140 de la CE establece que el gobierno y administración de los municipios corresponde:

En relación con las elecciones locales:

La alteración de los límites de una provincia:

El artículo 141 de la CE establece que la provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial:

La CE, al regular las Haciendas Locales, establece que éstas se nutrirán fundamentalmente de: